Limites entre la libertad religiosa y los delitos de odio

Dentro del ya clásico ciclo de conferencias de verano que organizada la Parroquia Santa María María la Blanca, el abogado penalista Alfonso Reclusa impartió una conferencia en la que se analizaron desde una perspectiva internacional como nacional, los límites entre el derecho fundamental a la libertad religiosa (recogido en el art. 16 Constitución Española y en el art. 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos) y los nuevos delitos de odio (arts 510 y ss del Código Penal), así como los delitos contra los sentimientos religiosos (arts 525 y ss Código Penal). Se repasaron algunos de los últimos casos más conocidos sobre la materia. El tema suscitó tal interés que el aforo se completó hasta llegar hasta aproximadamente ciento sesenta personas.